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SAT anuncia condonación y descuento en multas fiscales hasta del 100% para los contribuyentes.

El pasado 31 de agosto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el Comunicado 041/2022 “El SAT informa una facilidad administrativa para la reducción de multas fiscales.”

2septiembre 9, 2022octubre 18, 2022

Beneficiario controlador. Nueva obligación para las personas morales.

Derivado de las reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) y de la entrada en vigor de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 (“RMF”),

2septiembre 2, 2022octubre 18, 2022
MTRA.-HARAMI-CABALLERO-JUAN

Mtra. Harami Caballero Juan

Socia fundadora.

Abogada egresada de la Universidad Nacional Autónoma de México en 2011, con especialidad en Derecho Fiscal desde 2015, por la Universidad Nacional Autónoma de México, con Maestría en Derecho desde 2020, por la Facultad de Estudios Superiores Acatlán.

Preguntas

Más comunes

No estas obligado a atender las cartas invitación, sin embargo, se sugiere que se contesten con las pruebas documentales que respalden los hechos para evitar el inicio de facultades de comprobación.

Sí, a través de medios de impugnación ante los órganos jurisdiccionales. Los créditos fiscales son los que tienen derecho a percibir el Estado que provengan de contribuciones, de aprovechamientos o de sus accesorios.

Las actividades vulnerables son actos o actividades que son considerada de alto riesgo, por la unidad de inteligencia financiera, por ser utilizadas como un vehículo para blanquear capitales provenientes de la realización de algún delito, para integrar dichos recursos a la economía formal.

En caso de que encuadre en unos de los supuestos de actividades vulnerables contemplados en el artículo 17 de la Ley Federal PIORPI, tendrá diversas obligaciones, entre las cuales, tendrá que darse de alta en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero, identificar a sus clientes y dueños beneficiarios, integrar expediente único de identificación de cada uno de los clientes, enviar avisos sobre las operaciones que rebasen los umbrales, elaborar un manual, etc.

En primer momento, verificar que efectivamente no hayan dejado un testamento, en caso de que sea así, se tendría que interponer un juicio sucesorio ante el Tribunal Superior de Justicia en el Estado que corresponda; enumerando los bienes, derechos y acciones que tuviera el de cujus.

Presentar una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia en el Estado correspondiente, demostrando la calidad de acreedor alimentario.

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